Real Decreto de Certificación Energética de Edificios de Nueva Construcción
El Real Decreto transpone parcialmente la Directiva 2002/91/CE que establece la obligación de poner a disposición de los compradores o usuarios de los edificios un certificado de eficiencia energética. Por ahora sólo es un PROYECTO de Real Decreto, sin haber entrado en vigor.
¿Cuál es el objeto?
El aprobar el procedimiento de certificación energética, aplicable en todo el territorio nacional.
¿Qué incluye el certificado?
Información objetiva sobre las características energéticas de los edificios.
¿Qué se pretende obtener?
Un distintivo común en todo el territorio nacional.
Aplicable a... Edificios de nueva construcción con algunas excepciones (consultar norma). Obligatoria la exhibición del distintivo para edificios que presten servicios públicos.
¿Cuándo será obligatoria su aplicación? A partir del 4 de enero de 2006.
Proyecto Real Decreto [273 KB]